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Todas las fotografías incluías en este sitio web se muestran bajo licencia de © Copyright que  protege todos los derechos a su autor, (Carlos, P.L.). Cualquier uso por terceros deberá ser autorizado por su autor y propietario (Carlos, P.L.).

La propiedad intelectual de una obra pertenece a su autor en el mismo momento en el que se crea, por lo tanto, al realizar una fotografía, el fotógrafo se convierte automáticamente en el autor y poseedor de la propiedad intelectual de ese archivo.

 

Hay dos grandes grupos o apartados que incorporan una serie de derechos:

DERECHOS MORALES

Los derechos morales protegen la legitimidad de la obra para con su autor. Este bloque de derechos no pueden ser cedidos, donados o vendidos de ninguna manera. Son derechos atribuibles exclusivamente a su autor el cual puede ejercer los mismos en cualquier momento.

  • Decidir si la obra va a ser divulgada y en qué forma.
  • Si ha de divulgarse son el nombre del autor, seudónimo o de forma anónima.
  • Exigir el reconocimiento de la condición de autor.
  • Exigir el respeto a la integridad de una obra y prohibir la alteración o modificación de la misma.
  • Retirar la obra de comercio previa indemnización por daños y perjuicios a los titulares de explotación de la obra.

DERECHOS DE EXPLOTACIÓN

Son aquellos derechos que sí se pueden ceder, donar o alquilar por parte de su autor. Tienen una duración máxima de 70 años después de la muerte del autor. Tras ese tiempo, la obra pasará a ser un bien de dominio público.

  • Derecho de reproducción: Elección de la forma en que se reproduzca la obra. En este caso las fotografías.
  • Derecho de distribución: Venta, alquiler o préstamo de la obra.
  • Derecho de publicidad: Consentimiento para usar la obra con fines publicitarios.
  • Derecho de transformación: Permiso para modificar o alterar nuestra obra para crear una tercera.

 

LICENCIAS EN FOTOGRAFÍA

Licencia de Copyright: Es la más extendida y usada, ya que por defecto, si no se indica nada en las imágenes, automáticamente pasan a tener esta licencia que protege todos los derechos a su autor.

Licencia de Copyleft: Están cada vez más extendidas en Internet y de la mano de Creative Commons, se pueden crear imágenes libres de uso con ciertos derechos cedidos según el tipo de licencia.

 

Acerca de los derechos de la Propiedad Intelectual.

La autoría de obras artísticas y científicas está protegida por la ley de propiedad intelectual. Se entiende por “obras”, tanto las obras literarias, como las musicales, filmicas, plásticas y, por supuesto, las fotografías.

Para que una fotografía pueda ser calificada como obra en el contexto de la ley de propiedad intelectual, debe tratarse de una “creación personal e intelectual”. Esto concierne a la mayoría de las fotografías en las que el autor, mediante selección de la ubicación donde estas se realicen, del encuadre, de la escenificación o mediante las opciones técnicas de apertura, velocidad, etc…, tiene el objetivo de llevar a cabo cualquier forma de creación artística (obra fotográfica).

De los derechos sobre la propiedad intelectual, sólo se excluyen las capturas instantáneas como fotos de carnet o fotografías técnicas realizadas conforme a normas reguladas de manera estricta (fotografías).

De acuerdo con las disposiciones anteriores, un fotógrafo se convierte en el creador de la obra y, como tal, en el autor de la misma.

Decidir el contexto en el que se utilice la obra realizada sólo dependerá de dicho fotógrafo, el cual será el encargado de traspasar dicho derecho por medios contractuales.

El autor de una obra es siempre quien la ha realizado y no quien ha tenido la idea para ello.

¿Cuándo se infringen los derechos de la imagen?

Para incluir imágenes de un fotógrafo en una página web, , en la prensa, un libro, etc…, es necesario tener su consentimiento.

Si no se tienen los derechos de las mismas, se produce una violación de la Ley de Propiedad Intelectual. En términos generales se refiere a la acción de colgar dichas imágenes bien en páginas web de acceso libre, incluirlas en cualquier tipo de publicación, libro, etc… 

Asimismo, su uso en las redes sociales debe ser autorizado por el autor, a diferencia de cuando se usan de manera privada, como por ejemplo, si se publica la imagen en un grupo cerrado de Facebook o en un blog privado, limitado y protegido con contraseña.

Infracción de los derechos de la propiedad intelectual y sus consecuencias.

El hecho de que la mayoría de imágenes en Internet (también vídeos, obras gráficas, etc.) sean de libre acceso, hace pensar que muchos usuarios las pueden utilizar erróneamente para beneficio propio.

Detectar dichas infracciones de los derechos de autor en las imágenes de Internet se ha convertido, sin embargo, en una tarea ardua. Las grandes empresas, marcas o agencias rastrean Internet deliberadamente en un intento por detectar el uso ilegítimo de sus obras, incluso es posible que los fotógrafos contraten a personas que se encarguen de controlarlas.

Las normas establecidas con respecto a las imágenes con derechos de autor son muy sencillas: sin la autorización del autor no se permite la difusión de la imagen, por ejemplo, a través de la integración en la propia página web de una empresa.

Quien no cumpla esta máxima, tendrá que hacer frente a advertencias, multas y, en el peor de los casos, a juicios.